CONGRESO AUMENTA A 65 AÑOS DE PRISIÓN PARA FEMINICIDAS
Hasta una pena máxima de 65 años enfrentarán quienes incurran en el delito de feminicidio, aprobó el Pleno del Congreso del Estado, a la par de otro Decreto que adiciona la Ley del Registro Civil, a efecto de que las actas que expida la autoridad registral no estén sujetas a plazo alguno, con lo cual estos documentos no perderán su valor con el paso del tiempo.
Ambos decretos fueron dictaminados por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el primero con base a una iniciativa presentada recientemente por el diputado Carlos Navarrete Aguirre, mientras que el segundo lo presentó el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el 8 de octubre de 2019.
El dictamen con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 263 BIS-1 del Código Penal para el Estado de Sonora establece, entre los considerandos, que los datos duros de la Secretaría de Seguridad Pública dejan en evidencia que desde el establecimiento de la figura del feminicidio, esta conducta de extrema violencia hacia las mujeres no ha disminuido, sino que se ha incrementado.
“Cabe destacar que la diferencia entre la cantidad de casos de feminicidio y homicidio doloso en contra de mujeres es muy pequeña, presentándose números muy similares entre uno y otro ilícito, siendo en 2016 cuando ambos presentaron la misma cantidad de manifestaciones, mientras que en 2017 y 2018 se presentó de manera preocupante una cantidad mayor de feminicidios que de homicidios dolosos, donde la víctima era mujer, pero no se actualizaba ningún supuesto que acreditara que era homicidio por razones de género”, destaca el considerando.
Ante este panorama es que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos dictaminó el proyecto que propone incrementar la pena de prisión mínima a 45 años y la máxima a 65 años, más multa de mil a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización. Actualmente, el Código Penal establece una penalidad mínima de 30 años y una máxima de 60 años.